NORMATIVIDAD VIGENTE:

La Convención sobre los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, la Ley correspondiente a la ratificación, cuyo propósito precisamente es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, así como promover el respeto de su dignidad inherente, ha sido ratificada por el Estado Peruano en 2008. Este instrumento internacional genera un paso significativo para la plena efectividad de los derechos establecidos pero que aún pasan como inadvertidos.

En la legislación del Perú, la Ley n.° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos que el resto de la población, sin perjuicio de las medidas específicas establecidas en las normas nacionales e internacionales para que alcancen la igualdad de hecho.

Una importante institución de protección, como es el Poder Judicial aprobó el Protocolo de Atención Judicial para Personas con Discapacidad para garantizar el efectivo acceso a la justicia de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones que las demás personas que acuden a esta institución, estableciendo lineamientos que permitan a los operadores de justicia atender adecuadamente a las personas con discapacidad, promoviendo el respeto de su autonomía y dignidad, manifestación de su voluntad, y garantizar la protección de sus derechos fundamentales.